jueves, 24 de febrero de 2011

ANÁLISIS BIOÉTICO DE SENTENCIA DE LA CORTE

TALLER

1.  Argumente los juicios morales que pueden suscitar, los hechos redactados en la Sentencia.

Es de anotar que la medicina, incluyendo todos los profesionales que la ejercen, tiene una meta primordial y es, además de salvar vidas, pretender también  mejorar la calidad de vida de los pacientes. En este caso en particular, el cambio de sexo del menor de edad, es algo que va en contra de la naturaleza, es controversial y además de ello no solo es lo físico (órganos externos) es también lo psicológico lo que está en juego. Quizás los aspectos médicos puedan ser un poco mas manejables que los aspectos socioculturales y psicológicos pues el se enfrentaría a una sociedad que es prejuiciosa y muchas veces incomprensible; y aunque fue sometido a alejarse de su familia y estar en hogares sustitutos la ambigüedad con que era tratado, una veces de niño y otras de niña,  trajo para él muchos perjuicios.

Al niño se le impuso un nuevo sexo, fue alejado de sus padres y obligado a crecer en hogares sustitutos, todo eso sin tenerlo en cuenta, violando sus derechos que como ser humano tiene. Nacemos con una identificación y es de cada quien decidir si la toma o la deja, eso dependerá de su cultura, de sus pensamientos, sentimientos y más aún de si es para su bienestar. En el caso del menor con sus genitales cercenados, la cirugía de cambio de sexo no era algo necesario, pues en ningún momento corrió riesgo la vida del menor, más bien tenía otros fines, el perfeccionamiento de sus órganos genitales externos, que a mi juicio no me parecen pertinentes porque no fueron acordes a su genética que ya estaba predispuesta para ser un hombre.


2. Elabore el CONSENTIMIENTO INFORMADO del caso, según la Bioética

El siguiente consentimiento informado tiene por objetivo informarlo sobre el procedimiento “readecuación de sexo” al que será sometido, los riesgos beneficios o secuelas que se obtendrían por su realización, tiene intenciones de informarlo, nunca de alarmarlo:

HOSPITAL UNIVERSITARIO SAN VICENTE DE PAÚL

Fecha (DD/MM/AA): ___________                                        Hora: ______                                     

Ciudad: ____________________________  

Yo________________________________________________________
           Identificado (a) con Documento Tipo (  ) número  ___________________
 de _______________,
           Con este documento legal CERTIFICO que he sido informado(a) por el    
           Médico (a) _______________________________________, cargo    
            _______________________________  Sobre la  siguiente   
           intervención(es), procedimiento(s) y Plan de Tratamiento que se requiere   
           para la “readecuación de sexo”:  ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
          
Se me ha informado también que este servicio es integral y que la intervención(es), procedimiento(s) y Plan de Tratamiento, puede generar los siguientes efectos secundarios (colaterales), las siguientes complicaciones y también se me informó sobre la existencia de riesgos que se pueden presentar bajo condiciones de atención adecuada: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
         
Se me permitió preguntar y aclarar las dudas generadas sobre la                     atención. Las preguntas que he hecho sobre la intervención(es), procedimiento(s) o Plan de Tratamiento han sido las siguientes junto con la repuesta: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Firma: _________________
Nº Documento de Identidad: ___________  de ________________
 Firma de testigo: _____________________

Documento de Identidad del testigo: ______________ de _____________              
            Huella:   ___________
            Huella del testigo: ____________               

3. Según su juicio, ¿cuáles son las falencias o inmoralidades del consentimiento informado del médico que "readecuó" el sexo al niño? En caso de no existir falencias o inmoralidades, argumente esta negativa.

A mi juicio el consentimiento informado si presentó falencias, primero que todo los procedimientos no eran porque estaba en riesgo la vida del menor (era para el mejoramiento de la situación actual), por tanto lo más indicado era esperar a que el menor pudiera decidir su suerte y no que sus padres, de escasa cultura y semianalfabetos, firmaran unos documentos que quizás no entendían muy bien. No se tuvieron en cuenta las condiciones de ese momento: se iba a tratar un menor de edad que, aun que en ese instante no podía decir pero el crecería y razonaría sobre sus condiciones; por otro lado las interpretaciones que los padres podían hacer de esa situación, pues ellos solo querían que su hijo estuviera en buenas condiciones.

Pienso que los padres no fueron informados correctamente, porque si hubieran sabido que su hijo se enfrentaría posteriormente a problemas en la sociedad quizás ellos habrían reconsiderado su decisión.

4. Argumente una defensa a favor del médico acusado, del Hospital, de los padres y del I.C.B.F. O en su defecto, argumente el juicio bioético denunciando el atropello.

El médico acusado a mi parecer, actúo de acuerdo a decisiones tomadas por un grupo interdisciplinario de médicos y a los conocimientos que éste posee, por tanto no solo él debe ser juzgado. En este caso entonces es el Hospital en general el que cometió la falta, el mero hecho de permitir un tratamiento que no estaba autorizado por el mismo paciente y de una magnitud como esta: “Readecuación de sexo”, ya lo convierte en culpable pues se estaba ya vulnerando algunos de los derechos que, por haber nacido en éste país, tiene el menor.

En cuanto a los padres, ellos no tienen ninguna culpa en este caso, ellos actuaron de a acuerdo a lo que un grupo interdisciplinario de médicos les planteaban argumentando que eso era lo mejor para su hijo, pues no solo personas semianalfabetas y de poca cultura como ellos confían en lo que los profesionales de la salud recomiendan para un mejoramiento de la calidad de vida.

Por último el I.C.B.F, para mí no tuvo culpa, el actuó en pro del bienestar del menor siguiendo indicaciones dadas por los médicos, pues el menor debía estar en hogares que no fueran los de sus padres. Ya que el niño no respondiera como los médicos esperaban eso no es culpa de el I.C.B.F, el solo fue un prestador de servicios para tratar de contribuir al proceso de acoplamiento como niña, del menor  a la sociedad.

5. Haga un análisis bioético del derecho del niño a quien se le readecuó el sexo, a su identidad, a su intimidad, a su dignidad humana y al libre desarrollo de su personalidad, a la luz de nuestra Constitucionalidad.

Según los  derechos que se encuentran en la Constitución Política de Colombia, al menor se le han sido violados el derecho de su identidad, su intimidad, su dignidad humana y al libre desarrollo de su personalidad

“Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su
buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar” (Art.15). La intimidad es algo de cada persona, cada quien es como quiere ser sin sobrepasar los límites de vulnerar los derechos de los demás. Cuando se trató al menor de edad no se tuvo en cuenta que él era un ser humano, que crecería y vería como se atropelló su intimidad cuando era un bebé.

En cuanto a la identidad del menor, tenemos que él al haber nacido de género masculino debería habérsele dejado desarrollar de esa manera, se intervino en un proceso natural que además él en ningún momento permitió.

“Colombia es un Estado social de derecho,… fundada en el respeto de la dignidad humana,…” (Art. 1). La dignidad humana es esa condición que reviste todo ser humano por el hecho de serlo, por tanto al menor se le vulneró esa condición porque él después de ese tratamiento de “readecuación de sexo” tuvo un mal desarrollo en cuanto al ámbito sociocultural que lo perjudicó mucho.

“Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico” (Artículo 16). El libre desarrollo de la personalidad hace parte de lo que cada persona quiere expresar y como lo quiere expresar, si el menor después de la operación no se sentía bien con lo que le hicieron es la más clara prueba de que se le violó este derecho que como ciudadano Colombiano lo ampara.


6. Elabore un juicio ético sobre las consideraciones finales de la corte en este caso.

Me parece que en general las consideraciones de la Corte tomadas con respecto a este caso son justas y acorde a los principios del menor, ya que se le da garantía para mejorar su calidad como persona y para el restablecimiento de las condiciones propias de su género masculino por medio de los procesos necesarios que impulsan a demás la restitución de sus derechos que fueron vulnerados.  Me parece que las consideraciones están de acuerdo a la ética y se esta respetando las decisiones que el menor considera lo hará sentir mejor.